Legislación Laboral · Guía Legal

¿Se puede pagar la dotación en dinero en Colombia?

Una de las dudas más recurrentes en departamentos de Recursos Humanos es si es posible compensar la dotación con dinero en efectivo. La respuesta corta es NO, pero hay matices que debes conocer.

La prohibición general

El Código Sustantivo del Trabajo es claro: la dotación debe entregarse en especie (ropa y calzado). No tiene carácter salarial y su fin es el uso efectivo en la labor.

¿Existen excepciones?

La única excepción aceptada por la jurisprudencia es cuando el contrato termina y el empleador adeuda dotaciones. En ese caso, como ya no hay labor que realizar, se debe indemnizar el valor de las prendas no entregadas.

Consecuencias del pago en dinero

Si el empleador paga en dinero durante la vigencia del contrato, corre el riesgo de que dicho pago se considere parte del salario para efectos prestacionales, además de no cumplir con la obligación de dotación.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puedo entregar bonos de ropa?
Los bonos de ropa son aceptables siempre que garanticen que el trabajador adquiera específicamente el calzado y vestido de labor requerido para su función.

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